Cadena Silva
Empleo: Informador turístico (2024) – Guadalupe (Cáceres)
Cadena Silva, El Paso, Texas, United States
Objeto
Es objeto de la convocatoria la contratación, como personal laboral temporal, de una plaza de informador turístico para la oficina de turismo municipal.
Modalidad, duración y retribución Duración del contrato: 6 meses, a tiempo completo, con cargo al Plan Extraordinario de la Diputación Provincial de Cáceres 2024. Retribución: correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Solicitud y plazo Las solicitudes se podrán presentar en los 10 días hábiles a partir de la publicación de las bases, el 11 de septiembre de 2024.
Requisitos de los aspirantes
Estar inscrito como demandante de empleo en SEXPE.
Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con las funciones.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones por sentencia firme.
Los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su nacionalidad y no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Estar en posesión del Título de Educación Secundaria Obligatoria antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y disponer de la certificación que lo acredite.
Presentación de solicitudes y documentos Las instancias se presentarán en el modelo oficial establecido para esta convocatoria, de conformidad con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. El modelo de solicitud figura como ANEXO I y puede descargarse de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Guadalupe. Las instancias se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Guadalupe y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, ubicado en Avenida Conde de Barcelona 2, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica (https://guadalupe.sedelectronica.es).
El documento de instancia deberá ir acompañada de:
Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad o equivalente.
Tarjeta de demanda de empleo.
Informe de periodo ininterrumpido en situación de desempleo.
Vida laboral actualizada.
Contratos de trabajo.
Declaración jurada de no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones.
Declaración jurada de no haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones por sentencia firme.
Documentos que se estimen necesarios para la valoración de méritos en la fase de concurso.
Los documentos que no se presenten para acreditar los méritos previamente a la fase de concurso no serán valorados.
Tribunal Calificador El tribunal calificador estará integrado por cinco miembros (Presidente/a, Secretario/a y tres vocales), designados por la Alcaldía. Los miembros deberán poseer titulación de nivel igual o superior a la del puesto. El tribunal resolverá por mayoría de votos y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. En la designación de sus miembros se respetarán la imparcialidad y profesionalidad, y se mantendrá, cuando sea posible, la paridad entre hombres y mujeres. Podrán estar presentes en el Tribunal, a iniciativa de cada Central Sindical, un representante de cada Central Sindical con representación municipal en calidad de observadores. Los miembros deberán abstenerse cuando concurra alguna causa de abstención prevista en la normativa aplicable. Si la realización técnica del procedimiento así lo aconseja, el Presidente podrá disponer incorporar, de forma temporal, a otro personal que colabore bajo la dirección del Tribunal.
Proceso de selección El procedimiento de selección establecido es el concurso de méritos, y se realizará en función de los siguientes criterios:
Relación laboral con el Ayuntamiento de Guadalupe: puntuación según la experiencia en el Ayuntamiento en los últimos 5 años (no haber trabajado en el Ayuntamiento: 5,00 puntos; hasta 180 días: 2,50 puntos; hasta 360 días: 1,00 punto; más de 360 días: 0 puntos). Se acreditará a través de informe de vida laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y contratos laborales.
Desempleo: más de 360 días: 2 puntos; entre 181 y 360 días: 1,5 puntos; hasta 180 días: 1 punto.
#J-18808-Ljbffr
Modalidad, duración y retribución Duración del contrato: 6 meses, a tiempo completo, con cargo al Plan Extraordinario de la Diputación Provincial de Cáceres 2024. Retribución: correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Solicitud y plazo Las solicitudes se podrán presentar en los 10 días hábiles a partir de la publicación de las bases, el 11 de septiembre de 2024.
Requisitos de los aspirantes
Estar inscrito como demandante de empleo en SEXPE.
Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con las funciones.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones por sentencia firme.
Los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su nacionalidad y no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Estar en posesión del Título de Educación Secundaria Obligatoria antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y disponer de la certificación que lo acredite.
Presentación de solicitudes y documentos Las instancias se presentarán en el modelo oficial establecido para esta convocatoria, de conformidad con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. El modelo de solicitud figura como ANEXO I y puede descargarse de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Guadalupe. Las instancias se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Guadalupe y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, ubicado en Avenida Conde de Barcelona 2, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica (https://guadalupe.sedelectronica.es).
El documento de instancia deberá ir acompañada de:
Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad o equivalente.
Tarjeta de demanda de empleo.
Informe de periodo ininterrumpido en situación de desempleo.
Vida laboral actualizada.
Contratos de trabajo.
Declaración jurada de no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones.
Declaración jurada de no haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones por sentencia firme.
Documentos que se estimen necesarios para la valoración de méritos en la fase de concurso.
Los documentos que no se presenten para acreditar los méritos previamente a la fase de concurso no serán valorados.
Tribunal Calificador El tribunal calificador estará integrado por cinco miembros (Presidente/a, Secretario/a y tres vocales), designados por la Alcaldía. Los miembros deberán poseer titulación de nivel igual o superior a la del puesto. El tribunal resolverá por mayoría de votos y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. En la designación de sus miembros se respetarán la imparcialidad y profesionalidad, y se mantendrá, cuando sea posible, la paridad entre hombres y mujeres. Podrán estar presentes en el Tribunal, a iniciativa de cada Central Sindical, un representante de cada Central Sindical con representación municipal en calidad de observadores. Los miembros deberán abstenerse cuando concurra alguna causa de abstención prevista en la normativa aplicable. Si la realización técnica del procedimiento así lo aconseja, el Presidente podrá disponer incorporar, de forma temporal, a otro personal que colabore bajo la dirección del Tribunal.
Proceso de selección El procedimiento de selección establecido es el concurso de méritos, y se realizará en función de los siguientes criterios:
Relación laboral con el Ayuntamiento de Guadalupe: puntuación según la experiencia en el Ayuntamiento en los últimos 5 años (no haber trabajado en el Ayuntamiento: 5,00 puntos; hasta 180 días: 2,50 puntos; hasta 360 días: 1,00 punto; más de 360 días: 0 puntos). Se acreditará a través de informe de vida laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social y contratos laborales.
Desempleo: más de 360 días: 2 puntos; entre 181 y 360 días: 1,5 puntos; hasta 180 días: 1 punto.
#J-18808-Ljbffr